Derechos primarios y secundarios
Derechos Humanos, son los derechos primarios de las personas y conciernen indistintamente a todos los seres humanos como por ejemplo, el derecho a la vida, y a la integridad de las personas, la libertad personal, la libertad de conciencia y de manifestación del pensamiento, el derecho a la salud y a la educación y las garantías penales y procesales.
Derechos públicos,son los derechos primarios reconocido sólo a los ciudadanos, como (…) el derecho de residencia y circulación en el territorio nacional, los de reunión y asociación, el derecho al trabajo, el derecho a la subsistencia y a la asistencia de quien es inhábil para el trabajo.
Derechos civiles, son los derechos secundarios adscritas a todas las personas humanas capaces de obrar como la potestad negocial, la libertad contractual, la libertad de elegir y de cambiar de trabajo, la libertad de empresa, el derecho de accionar en juicio.
Derechos políticos, son en fin, los derechos secundarios reservados únicamente a los ciudadanos con capacidad de obrar, como el derecho de voto, el de sufragio pasivo, el derecho de acceder a los cargos públicos y, en general todos los derechos potestativos en los que se manifiesta la autonomía política y sobre los que se fundan la representación y la democracia política.
miércoles, 23 de junio de 2010
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